Las empresas de la industria constructora en Guatemala podrán continuar operaciones de proyectos durante el Estado de Calamidad por el Covid-19, informó la Cámara Guatemalteca de la Construcción (CGC).
Las constructoras operarán si cumplen con los requisitos y disposiciones del Gobierno de Guatemala, que suspendió labores del sector público y privado por 15 días para contener infecciones de coronavirus en el país.
El pasado 17 de marzo, Edwin Deger, presidente de la CGC, dijo a República Inmobiliaria que habían tenido un acercamiento con el Ministerio de Economía (Mineco) para consultar sobre la continuidad de proyectos.
#Comunicado📢| A nuestros asociados y empresas del sector construcción informamos. #ConstruyamosGuate pic.twitter.com/yR0dovZVVF
— Construguate (@construguate) March 20, 2020
Si bien el sector constructor no recibió una orden directa de detener sus operaciones, había incertidumbre entre las empresas sobre sí debían o no proseguir con las obras, principalmente aquellas con fases adelantadas.
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La respuesta de la cartera económica ha sido que «el Sector Construcción se catalogó como un sector fundamental para hacer frente a la situación de emergencia que atraviesa el país», razón por la cual, puede operar.
Responsabilidades de las empresas constructoras
La Cámara de la Construcción indicó que de acuerdo con información oficial, las personas individuales o jurídicas están sujetas al Código Penal con relación a la comisión de delitos contra la Salud y contra la Economía.
«Cada socio (de la CGC) podrá operar de acuerdo con su criterio y en caso de algún incumplimiento legal, podría ser sujeto de responsabilidad civil, penal, o laboral», según sea el caso, advierte la cámara de constructores.
Si bien aún no hay casos de suspensiones temporales en el sector de la construcción, ya se registran en otras industrias. Por ejemplo, una empresa de Call Center por incumplir con las disposiciones presidenciales.
¿Qué deben hacer para continuar con sus operaciones?
Los empresas constructoras solicitantes deberán contar con un protocolo que estarán obligados a cumplir como empresas, dentro de las medidas que deberán cumplir se encuentran:
- Facilitar gel antibacterial a todos sus empleados.
- Asegurar los servicios sanitarios de todos los empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
- Brindar información a sus empleados relacionada a la prevención de contagio del Covid-19.
- Facilitar servicios de salud en la planta de producción de sus empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
- Nombre del responsable de los servicios médicos.
- Disponer del listado de empleados (direcciones y teléfonos). Esto para asegurar la trazabilidad en caso algún empleado presente síntomas relacionados con el Covid-19.
- Comunicarse a los teléfonos 1517 o 1540 en caso algún empleado presente síntomas relacionados al Covid-19. Además, facilitar la atención médica necesaria, de conformidad con los protocolos comunicados por las autoridades gubernamentales.
Según las últimas disposiciones del Gobierno, las empresas deberán cumplir con:
- Los medios de transporte para el traslado de los trabajadores deberán estar identificados con el nombre de la empresa.
- Los trabajadores deberán estar debidamente identificados y deberán portar un gafete que los identifique como trabajadores de la empresa.
Adicional, la CGC recomendó a sus asociados y empresas cumplir con el Acuerdo Gubernativo 229-2014 y sus reformas, Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
¿Dudas?
Si tiene dudas sobre cómo su empresa puede continuar operaciones comuníquese al Ministerio de Economía. Los teléfonos son 2412-0490/91-94, le atenderán en horario de 8:00 A 16:00 horas.
Actualizado el 20 de marzo de 2020, a las 17:50 horas.